10º CONCURSO NACIONAL DE OBRAS DE TEATRO
REGLAMENTO
El Instituto Nacional del Teatro – organismo que se encuentra dentro de la órbita de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación - convoca al 10º CONCURSO NACIONAL DE OBRAS DE TEATRO 2007 que, en esta ocasión, está dirigido a autores argentinos, residentes en las distintas provincias, como así también en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
BASES
1°- Podrán participar todos los argentinos nativos o extranjeros con más de cinco (5) años de residencia comprobable en el país.
2°- Los participantes no podrán enviar más de una obra. Cada obra podrá ser escrita por más de un autor.
3°- Los textos presentados -exclusivamente para adultos- no tendrán limitaciones temáticas o de propuestas estéticas.
4°- Se admitirán monólogos.
5°. Las obras presentadas deberán ser inéditas y no estrenadas.
6°- Las obras deberán presentarse por triplicado, con una extensión no menor a 15 carillas, escritas a doble espacio, impresas en una sola cara de papel A 4, tipografía Times New Roman, cuerpo 12, encuadernadas o anilladas. En la primera hoja deberá constar: nombre de la obra y el seudónimo elegido.
7° - Él o los autores adjuntarán un sobre cerrado en cuyo exterior figurará el título de la obra, el seudónimo elegido y la Región a la que pertenece. En el interior deberá constar, con carácter de declaración jurada, bajo firma: Datos completos reales del autor o autores, domicilio y un breve currículum. También podrá incluir si lo tuviera, el comprobante de inscripción de la obra en el Registro Nacional de la Propiedad Intelectual.
8°- Cada participante se responsabiliza tanto por la veracidad de los datos como por la autoría de la obra presentada. Ante cualquier impugnación que surgiera al respecto el INT queda excluido de cualquier responsabilidad legal, correspondiendo a cada participante afrontar la misma a título personal.
9°- La convocatoria se abre el día 15 de octubre y cierra indefectiblemente, el día 10 de diciembre 2007. El Instituto Nacional del Teatro dará a conocer el resultado de la selección durante el mes de abril de 2008.
10°- Los textos se enviarán por correo, consignándose en el envío: “Instituto Nacional del Teatro, Av. Santa Fe 1243, 7° piso, (C.P.1059), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “10º CONCURSO NACIONAL DE OBRAS DE TEATRO”.
11° - El Instituto Nacional del Teatro no se responsabiliza por pérdidas o extravíos de obras eventualmente remitidas.
12°- Se considerará como válida la fecha de matasellos de correo que se atenga al plazo estipulado, aún cuando la obra hubiese sido recibida con posterioridad a la fecha de cierre de recepción.
13° - El Jurado estará integrado por tres (3) personalidades relevantes de la actividad teatral de nuestro país, elegidas por el Consejo de Dirección del INT, a propuesta del Consejo Editorial de INTEATRO.
14° - Atendiendo a la calidad artística se seleccionarán TRES (3) textos y se otorgarán TRES (3) menciones sin orden de mérito.
15° - El Instituto Nacional del Teatro distinguirá:
1° Premio: SEIS MIL PESOS. ($ 6.000.-)
2° Premio: CUATRO MIL PESOS ($ 4.000.-)
3° Premio: DOS MIL PESOS ($ 2.000.-)
y adjudicará CINCO MIL PESOS ($ 5.000.-) para cada una de las producciones de estas tres obras elegidas. Asimismo, las obras seleccionadas en cuarto, quinto y sexto lugar serán publicadas por la Editorial INTEATRO, en un mismo volumen junto a los tres primeros premios.
16°.- El fallo del Jurado SERÁ INAPELABLE Y PODRÁ DECLARAR DESIERTA
LA SELECCIÓN. Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento será
dirimida por el Consejo de Dirección del INT.
17º.- No podrán presentarse autores vinculados laboralmente con el I.N.T., o que sean Representantes Provinciales y/o integrantes del Consejo de Dirección del mismo.
18º.-No podrán presentarse autores inhabilitados por el Instituto Nacional del Teatro. En el caso de que la inhabilitación se produjera una vez premiado, el mismo no recibirá el premio estipulado. Si la misma se produjera después de haber cobrado el premio, pero por causas previas a la premiación, deberán proceder a la devolución íntegra del monto premiado, en las condiciones que el I.N.T. determine.
19° - Las obras no serán devueltas.