PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
LLAMADO A CONCURSO PARA JURADOS PERÍODO 2008/2010.
SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION
INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO
LLAMADO A CONCURSO PARA JURADOS PERÍODO 2008/2010.
Se convoca a quienes desarrollen cualquiera de las distintas disciplinas teatrales: Teatro (en todas sus manifestaciones), Títeres, Teatro-Danza, Mimo, Periodistas Especializados, Críticos, Investigadores Teatrales, Historiadores, etc. a presentarse a la Selección de Jurados que se realizará a fin de conformar el Jurado de Calificación de Proyectos período 2008-2010, previsto en el Art. 14 (Inciso “n”) de la Ley Nacional del Teatro N° 24.800. Se seleccionará un (1) jurado por Región.
Los Formularios de Inscripción pueden ser bajados de la página WEB del I.N.T.: www.inteatro.gov.ar o retirados en las Representaciones Provinciales del Instituto Nacional del Teatro (ver direcciones en www.inteatro.gov.ar -INSTITUCIONAL-AUTORIDADES-REPRESENTACIONES PROVINCIALES) ó en Av. Santa Fe 1243 - Oficina del Jurado – 7º Piso o Mesa de Entradas – 10º Piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Los postulantes podrán presentar sus solicitudes en las Representaciones del INT de su provincia y también enviarlas -debidamente conformadas- por correo (con aviso de retorno) indicando en el sobre CONCURSO JURADO CALIFICACIÓN DE PROYECTOS 2008-2010 a Av. Santa Fe 1243 - Oficina del Jurado – 7º Piso (1059) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel..: (011) 4815-6661 Int. 106 ó a la Representación Regional correspondiente al domicilio del postulante, a saber:
REGION CENTRO: (Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires) Av. Pueyrredón N° 768 - 4° piso “A” (1032) C.A.B.A. Tel. (011) 4962-8231/2392 capital@inteatro.gov.ar, ó Provincia de Buenos Aires – Brandsen 251 - Coronel Suarez (7540) Tel. (02926) 422409 buenosaires@inteatro.gov.ar
REGION CENTRO LITORAL (Santa Fe, Córdoba y Entre Ríos) 9 de Julio 211 – (CP 3100) Paraná – ENTRE RÍOS – entrerios@inteatro.gov.ar – Tel.: 0343-422-2799.
REGION NOA: (Stgo. del Estero, Salta, Tucumán, Catamarca y Jujuy) San Martín 251 – P.B (izq.) (CP 4.000) San Miguel de Tucumán tucuman@inteatro.gov.ar,
REGION NEA: (Corrientes, Chaco, Misiones y Formosa) Córdoba 1677 2º piso oficina 27 Posadas (CP 3300) Misiones – Tel (3752) 432538 – misiones@inteatro.gov.ar
REGION NUEVO CUYO: (Mendoza, San Juan, San Luis y La Rioja) - San Martín 1143 Primer Piso – (CP 5500) Mendoza - mendoza@inteatro.gov.ar - Tel.: 0261 423-2371.
REGION PATAGONIA :(Río Negro, La Pampa, Neuquén, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego) Gob. Mayer (Norte) 90 P.B. - C. Piedrabuena – (CP 9303) SANTA CRUZ – Tel.: 02962 497033 - santacruz@inteatro.gov.ar.
La fecha de inscripción será del 15 de octubre al 15 de noviembre de 2007 inclusive.
Se tomará como fecha de inscripción la que obre en la constancia de despacho del correo.
Los cargos serán remunerados, su duración será de dos (2) años y su ejercicio generará las incompatibilidades contempladas en el art. 11 de la Ley N° 24.800 y en el Código de Etica de la Función Pública, Ley N° 25.188.
MODO DE SELECCIÓN:
El concurso será por Antecedentes y Oposición; esta última se hará únicamente a los postulantes preseleccionados; los gastos de traslado al lugar de la entrevista correrán por cuenta del candidato a Jurado.
A): INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DEL CURRICULUM VITAE
Deberán presentarse TRES (3) copias firmadas de este Formulario y del Currículum Vitae, indicándose expresamente que los datos que se consignan tienen carácter de Declaración Jurada. Firmar el mismo en todas las hojas al igual que este formulario y sus copias.
Se propone organizarlo en el siguiente orden:
1. DATOS DE INSCRIPCIÓN: Consignar los datos de la ficha de inscripción y los que se considere oportuno agregar.
2. ANTECEDENTES PROFESIONALES: Describir antecedentes que posee en el rubro profesional más desarrollado:
· Especialidad (Teatro, títeres, mimo, teatro danza, etc.)
· Dirección.
· Actuación
· Dramaturgia.
· Escenografía.
· Producción.
· Periodismo.
· Otros.
3. FORMACIÓN PROFESIONAL:
· Consignar nivel de estudios y títulos alcanzados (adjuntar fotocopia autenticada de los títulos y/o certificados).
· Consignar si ha creado, participado o pertenecido a algún grupo teatral, de títeres, de mimo, de teatro danza, etc.(mencionar las características del mismo y su participación).
4. PARTICIPACIÓN EN EVENTOS RELACIONADOS CON LA MATERIA: Especificar el tipo de evento (Festivales Nacionales e Internacionales y el rol desempeñado).
5. PREMIOS, DISTINCIONES Y/O MENCIONES Y/U OTROS: Consignar aquellos que haya recibido o en los que haya sido pre-seleccionado o ternado.
6. ACTIVIDAD DOCENTE EN MATERIAS RELACIONADAS CON LA PROFESIÓN: Especificar materia, Institución en la que se desempeñó como docente: períodos.
7. DESEMPEÑO DE CARGO PÚBLICOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, PROVINCIAL Ó MUNICIPAL EN ÁREAS DE CULTURA: Especificar las características del cargo y período.
8. PUBLICACIONES: Mencionar artículos, ensayos, investigaciones, libros, etc. relacionados con el tema.
9. OTROS ANTECEDENTES: Especificar los que se consideren más importantes.
CONSIGNE AL FINAL: LUGAR, FECHA, FIRMA Y ACLARACIÓN.
B): ADJUNTE UN (1) JUEGO DE FOTOCOPIAS AUTENTICADAS (o presente fotocopias con sus originales) de todos los títulos declarados o sus certificados en la Representación Provincial del INT que le corresponda.
C): ADJUNTE UNA LISTA DE ESPECTÁCULOS VISTOS POR UD. EN EL AÑO 2007, con comentario crítico de alguno de ellos. (No más de 2 carillas).
Todas las carpetas presentadas en este concurso deberán ser solicitadas en la Representación de su provincia antes de los 90 días de ser publicado el resultado en el Boletín Oficial de la Nación; Transcurrido dicho plazo, el INT no se hará responsable de las mismas.
NOTIFICACIÓN DE REQUISITOS, PERFIL Y CONDICIONES PARA CONCURSO DE JURADO NACIONAL DE EVALUACION DE PROYECTOS DEL INT, PERÍODO 2008/2010:
REQUISITOS Y CONDICIONES DE TRABAJO:
Los integrantes del Jurado Nacional de Evaluación de Proyectos 2008/2010 deberán tener como disponibilidad para realizar la tarea, un mínimo de 10 días por mes, 7 horas por día, en fechas y horarios que establecerán las autoridades del INT.
Por lo menos la mitad de estos 10 días deberán estar disponibles para desplazarse a otras localidades, con gastos pagos por el INT.
Durante los meses de realización de las Fiestas Zonales, Provinciales y Regionales la disponibilidad deberá ser de tiempo completo.
El monto de la remuneración será de $ 1.200.- por mes a cada jurado.
PERFIL SOLICITADO:
1. Formación profesional en alguna o varias de las disciplinas ligadas a la labor teatral
2. Antecedentes profesionales: Contar con una reconocida trayectoria teatral en la provincia.
3. Antecedentes institucionales: Participación en entidades sindicales, comunitarias, educativas, etc.
4. Conocimientos y habilidades
Conocimiento del teatro de la provincia y de la región, y del país en lo posible.
Capacidad de trabajo en el análisis de obras y proyectos.
Deberá tener conocimiento de la Ley del Teatro 24.800 y Reglamentación de la Ley: Decreto No 991/97. Ver http://www.inteatro.gov.ar/ - INSTITUCIONAL – LEYES VIGENTES (*);
y de la Ley 25.188 Etica en el ejercicio de la función pública. Ver:http://infoleg.mecon.gov.ar/txtnorma/codigoetica.htm (*) y del Reglamento Interno del Jurado en vigencia (ver al final de este formulario).
(*) Este material también podrá ser solicitado a jurado@inteatro.gov.ar
INFORMACIÓN DE REQUISITOS ÚNICAMENTE EN CASO DE SER ELEGIDOS COMO JURADOS:
DETALLES DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS BÁSICOS PARA SER CONTRATADOS POR EL INT COMO JURADO NACIONAL DE EVALUACION DE PROYECTOS:
Con fecha X saldrá publicado en el Boletín Oficial el resultado de postulantesseleccionados en cada región para el concurso de Jurado de Calificación de Proyectos del Instituto Nacional del Teatro. (Se estima que esta publicación será aproximadamente a los 60 días de haber finalizado el cierre de Concurso)
Transcurrido el plazo legal de cinco días hábiles donde cualquier ciudadano puede presentar impugnaciones, comenzará el procedimiento de contratación.
La contratación (Locación de Obra) de cada jurado se tramitará por expediente individual y en cada uno de los mismos deberá agregarse:
a.. Currículum (Será tomado de su Carpeta de Antecedentes presentada en
Concurso)b.. DNI. Fotocopia 1ª y segunda página + hoja de último domicilio, que debe coincidir
con lo declarado en el Formulario de Inscripción. c. CUIT / Monotributo (fotocopia constancia de inscripción en AFIP) IMPORTANTE: En el
momento de la contratación no se aceptará “CUIL”, solo “CUIT”.d. Declaración Jurada de Incompatibilidad (provee INT).
e. Contrato de Locación de Obra (provee INT).
Los pagos mensuales se abonarán mediante presentación de Factura "C" o Recibo "B"que deberán tener impresas para el momento de su efectivización.Se estima el primer pago aproximadamente a los 60 días de haberse iniciado el trámite.
Debido a que contaremos con un tiempo intermedio entre la firma del Contrato propiamente dicho y la acreditación del pago correspondiente, será oportunoaprovecharlo para la tramitación de "Alta de Beneficiario" (cuenta bancaria) que si bien oportunamente les indicarán desde Administración cómo hacerlo, podemos anticipar de qué se trata:
Cada contratado deberá presentar por duplicado, el formulario "Beneficiario de Pagos Solicitud de Alta / modificación",
Formulario de "Autorización de Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria" (provisto por el INT) abierta como Caja de Ahorro Común en PESOS, en cualquier sucursal de alguno de las entidades bancarias vinculadas a este organismo (solicitar en ese momento, lista completa a Administración).
Fragmentos específicos sobre Jurado Nacional de Evaluación de Proyectos dentro de LEY NACIONAL DEL TEATRO No 24.800 - Sancionada el 19.03.97 - Observada por el RE. mediante decreto 322/97 - Promulgada el 28.04.97 (Art. 83 C.N.)
Publicada en el Boletín Oficial el 19.05.97
“ARTICULO 14.- Son funciones del Consejo de Dirección las siguientes:
INCISO “n”): Designar jurado de selección para la calificación de los proyectos que aspiran a obtener los beneficios de esta ley, los que se integrarán por personalidades del área de la cultura en el quehacer teatral, mediante concursos públicos de antecedentes y oposición. Durarán en sus funciones igual período y condiciones que los integrantes electos del Consejo de Dirección;”
“ARTICULO 11.- No está permitido a los miembros del Consejo, durante el período de permanencia en el cargo, como tampoco durante los seis meses posteriores, presentar proyectos como persona física o jurídica, por sí mismos o por interpósita persona. Dicha prohibición no incluye por extensión a las entidades o instituciones públicas o privadas que los avalen.”
“ARTÍCULO 9.- INCISO “d” (Fragmento) ...” la duración en el cargo de los miembros del Consejo será de dos años y no será posible su reelección inmediata o consecutiva sino con el intervalo de un período.”
Acta de CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL I.N.T. Nº 165 - Anexo Nº 3
REGLAMENTO INTERNO DEL JURADO NACIONAL DE EVALUACION DE PROYECTOS.
Art. 1º) El Jurado que evalúa cada Región estará integrado por tres miembros, los cuales reciben la denominación de Jurados Nacionales del Instituto Nacional del Teatro.
Art. 2º) Las tareas generales del Jurado serán las siguientes:
a) Evaluar subsidios, becas y estímulos vigentes que el Consejo de Dirección determine.
b) Tener disponibilidad, en coordinación con el Representante Regional, para evaluar espectáculos en forma presencial y/o soporte audiovisual.
c) Aceptar o rechazar los informes de becas y proyectos de investigación.
d) Asistir a las Selecciones Provinciales y Fiestas Regionales -si resultaran designados para participar como Jurados de las mismas-.
e) Intervenir en las instancias de evaluación de Planes Especiales que el Representante Regional requiera.
Art. 3º) El Jurado será autónomo en sus evaluaciones, según las directivas ajustadas a las políticas de subsidios del Instituto Nacional del Teatro. Estas directivas serán claramente impartidas por el Representante Regional. Las evaluaciones del Jurado deberán ser aprobadas por el Consejo de Dirección para su efectivización. El Consejo de Dirección podrá objetar y/o solicitar reconsideración si detecta algún vicio de forma o decisiones del Jurado que contradigan las directivas emanadas del Consejo de Dirección.
Art. 4º) Las decisiones del Jurado serán tomadas por unanimidad o por mayoría simple. Todos los Jurados tienen la misma jerarquía y cuentan con un voto. No podrán abstenerse, salvo en los casos establecidos en los Artículos 11º y 12º de este Reglamento.
Art. 5º) Los miembros del Jurado se reunirán en los lugares y horarios que determine el Representante Regional o el Consejo de Dirección, de acuerdo a las necesidades de evaluación. Deberán estar disponibles, de ser preciso, para desplazarse a los lugares que se consideren necesarios.
Art. 6º) El Jurado de Evaluación tendrá como referente inmediato al Representante Regional. Elevará a dicho Representante y por su intermedio al Consejo de Dirección un informe de los proyectos recibidos con la correspondiente evaluación, además de las sugerencias que considere pertinentes. Las decisiones del Jurado no podrán ser comunicadas hasta que sean aprobadas por el Consejo de Dirección.
Art. 7º) Las decisiones del Jurado son reservadas e inapelables para los beneficiarios; no obstante ello, si existiera queja o reclamo se vehiculizará a través del Representante Provincial quien lo elevará al Representante Regional, para que el Consejo de Dirección resuelva la pertinencia de los mismos.
Art. 8º) Al final de cada año de evaluación cada Jurado elevará al Representante Regional un informe de la tarea realizada durante ese período.
Art. 9º) Cualquier miembro del Jurado podrá llegar a ser relevado de su tarea, mediante rescisión contractual, si incumpliera alguno de los puntos establecidos en su Contrato de Locación de Obra o de este Reglamento. Del mismo modo, podrá llegar a ser relevado de su tarea si incurriera en conductas reñidas con la Ética Pública.
Art. 10º) En el Artículo Nº 11 de la Ley 24.800, se establece que, mientras permanezcan en el cargo, los miembros del Jurado no podrán solicitar subsidios de manera directa o indirecta y esta medida se extiende a los seis meses posteriores a la finalización de su período.
Art. 11º) Los miembros del Jurado deberán abstenerse de evaluar los proyectos en que se involucre a un grupo en el que hayan tenido participación en el último año, así como en los casos en que haya relación de parentesco directo con algún integrante del grupo solicitante, haciéndolo constar en la Planilla de Evaluación.
Art. 12º) En el caso de amistad o enemistad manifiesta que pueda influir en el juicio de un miembro del Jurado o de cualquier otra causa que a su criterio pueda ser objeto de observación, el miembro del Jurado podrá excusarse. Lo hará constar también en la Planilla de Evaluación.
Art. 13º) En el caso de detectar irregularidades, el Jurado evaluará el objeto de la irregularidad haciendo constar en la planilla de evaluación dichas observaciones, emitiendo una nota dirigida al Consejo de Dirección. Este último se expedirá al respecto.
Art. 14º) Anualmente, el Consejo de Dirección evaluará el desempeño de los Jurados. Dichas evaluaciones constarán en el legajo personal de cada miembro del Jurado.
Art. 15º) Todos los miembros del Jurado de Evaluación firmarán de conformidad este Reglamento en el momento de aceptar la designación como tales. La copia firmada de este Reglamento será adosada como Anexo a los respectivos Contratos de Locación de Obra.
Este Reglamento Interno fue aprobado por Acta Nº 165 del CONSEJO DE DIRECCION del Instituto Nacional del Teatro el día 16 de Mayo de 2007.-